convenio colectivo aeropuertos nacionales y aviacion civil

De esta manera, en escrito dirigido a este sindicato por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea esta, ha remitido contestación a la demanda presentada por la Federación Balear de elecciones sindical donde solicitábamos que se eliminara de las Tarjetas Aeropuertiarias de los Observando el DNI en substitución del TIP, quedando a estudio la supresión del nombre. “Buenos días: Con relación a su escrito de referencia 2017074698 con entrada en AESA el día 20/12/2017, nos agradaría informarle que la normativa social de app en los aeropuertos de la Ue establece la información mínima que hay que integrar en las acreditaciones aeroportuarias. Uno de estos datos es el nombre del titular. En todo el país se acordó que se incluyese, además de esto, el DNI/NIE/pasaporte del titular. A petición del sindicato de compañías de seguridad privada se solicitó que en las acreditaciones de los observadores de seguridad que desarrollan su actividad en los aeropuertos nacionales no figurase el DNI. Con lo que se aprobó una modificación del Programa Nacional de Seguridad de la aviación civil (PNS), al que mencionan, donde se estableció que en las acreditaciones de los observadores de seguridad se podría reemplazar el DNI por el TIP. Además de esto, en la oficina local de seguridad se va a poner predisposición de las FFCCS del campo de aviación la información que deje vincular al DNI al TIP. Las ediciones del PNS son aprobadas por el Comité Nacional de Seguridad (CNS), a pesar de que los contenidos escritos propuestos para su aprobación son antes analizados y debatidos en los conjuntos de trabajo conformados de manera expresa y por nuestra Comisión persistente del CNS. Más allá de que es verdad que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea acepta las funcionalidades de la Autoridad competente con relación a el avance y coordinación de los puntos prácticos del PNS, a la Comisión persistente y los conjuntos de trabajo asiste personal del Ministerio del Interior, mediante la Asesora de Estado de Seguridad, de la Policía Nacional representados por personal de la Unidad Central de Fronteras y de la Guarda Civil representados por personal del Servicio de Costas y Fronteras. Tal es así que a la iniciativa de modificación de la regla que nos señala, AESA prosiguió las sugerencias efectuadas desde el Ministerio del Interior que determinó que podía eliminarse de las acreditaciones el DNI, pero no el nombre del vigilante de seguridad. No obstante, en la novedosa revisión que se hace del PNS desde AESA se volverá a enseñar la iniciativa que nos señala. Agradeciendo su colaboración,” Departamento de Normativa de Seguridad [email protected] División de Seguridad y Facilitación de la Aviación Civil Dirección de Seguridad de la Aviación Civil y Protección al Usuario Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

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